FinfraG
El artículo 73 apartado 2 de la Ley suiza sobre la infraestructura del mercado financiero (FinfraG, por sus siglas en alemán) requiere que los bancos ofrezcan a los participantes indirectos de un depositario central de valores suizos (es decir, de SIX SIS) la separación de cuentas de cliente ómnibus y la separación de cuentas de cliente individual. A su vez, de conformidad con el artículo 73 apartado 4 de la mencionada ley, los bancos deberán informar sobre los respectivos costos y particularidades del nivel de protección ofrecido por las diferentes gestiones de las cuentas (modalidad de separación).
Obligaciones reglamentarias de información sobre el artículo 73 de la Ley FinfraG
Divulgación requerida por la ley en virtud del artículo 73 apartado 4 de la Ley FinfraG
Tasa por la segregación en virtud del artículo 73 de la Ley FinfraG
De conformidad con el artículo 73 de la Ley suiza sobre la infraestructura del mercado financiero (FinfraG), ofrecemos a los clientes de nuestro banco la posibilidad de tener sus valores en el depositario central también por separado, en un depósito gestionado de forma independiente.
Por este servicio cobramos la siguiente tasa:
2,00 CHF por transacción; 750,00 CHF mensuales como mínimo.